Desde la Federación de Caza de Castilla La Mancha, se recuerda a todos los cazadores, que según lo dispuesto en la Orden 07/06/2016 de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla La Mancha por la que se fijan los periodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha para la temporada cinegética 2016 - 2017 y según lo dispuesto en el Art. 2 Apartados 1.2.2, el día 31 de enero de 2.017 finaliza la caza de aves migratorias no acuáticas y siendo dichas aves las siguientes:
Avefría (Vanellus vanellus).
Becada (Scolopax rusticola).
Codorniz (Coturnix coturnix).
Estornino pinto (Sturnus vulgaris).
Paloma torcaz (Columba palumbus).
Paloma zurita (Columba oenas).
Tórtola común (Streptopelia turtur).
Zorzal alirrojo (Turdus iliacus).
Zorzal común (Turdus philomelos).
Zorzal real (Turdus pilaris).
Así mismo, según lo dispuesto en el Art.2 Apartado 1.2.3, también finaliza el periodo hábil para la caza de aves acuáticas y siendo dichas aves las siguientes:
Ánade friso (Anas strepera).
Ánade rabudo (Anas acuta)
Ánade real (Anas platyrhynchos).
Ánsar común (Anser anser).
Cerceta común (Anas crecca).
Focha común (Fulica atra).
Pato colorado (Netta rufina)
Pato cuchara (Anas clypeata).